Nº 2 / 2026 - abril - junio
El fracaso no es el final: un análisis jurídico sobre los mecanismos de salida del mercado de las “startups”
Resumen:
El objeto de este trabajo es determinar la forma jurídica más eficiente de salida del mercado de las “startups” cuando fracasan.
Dado que las “startups” se financian generalmente mediante fondos propios, el fracaso no es sólo la insolvencia sino, en general, la no obtención de los rendimientos previstos por los fundadores y/o inversores.
Habida cuenta de las fuentes de financiación de las “startups”, del carácter inmaterial del activo de las “startups” y su vinculación con los fundadores y con el equipo humano, la utilización del Derecho concursal no es eficiente, salvo en los casos de
concurso sin masa o de venta de la unidad productiva (“prepack”).
En general, es preferible la venta de unidad productiva (“acqui-hiring”) o la liquidación ordinaria, pero habrá que tener en cuenta los muy frecuentes pactos contractuales de preferencias en la liquidación.
Palabras claves: startups, fracaso, análisis legal salida del mercado, eficiencia.
DIRECCIÓN REVISTA ESPAÑOLA DE CAPITAL RIESGO
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
DIRECCIÓN BOLETÍN DE ACTUALIDAD DEL MERCADO ESPAÑOL DE CAPITAL RIESGO
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)

